martes, 25 de enero de 2011

COMUNICACIÓN Nº 11: $250

DESTINATARIOS: Jefaturas de Región 1 a 25.
PARA SU CONOCIMIENTO Y DIFUSIÓN A LOS SERVICIOS EDUCATIVOS.
Se informan las pautas para la liquidación de la suma fija, extraordinaria
De enero y febrero 2011.
1) Se otorga con carácter de excepcional, por única vez, una suma fija no remunerativa, no bonificable, equivalente a PESOS QUINIENTOS ($ 500), la cual se abonará en dos cuotas iguales de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA ($ 250), pagaderas durante los meses de enero y febrero del 2011 de conformidad al cronograma que se determine.
2) Esta suma fija será abonada por única vez y no será susceptible de descuento alguno, ni computable para ningún otro concepto.
3) Se establece que la suma fija será abonada a aquellos agentes con prestación activa al momento de la liquidación.
4) Las personas beneficiarias, tendrán derecho solamente a percibir cómo máximo $500, cualquiera sea la forma de prestación de sus servicios.
5) Se establece que los servicios educativos de gestión privada, percibirán la suma fija, en la misma proporción del aporte estatal acordado y por los cargos subvencionados de la Planta Orgánico Funcional autorizada.
6) Se deja establecido que aquellos agentes que perciban retribución parcial por cualquier causa, recibirán la suma fija en igual proporción. Ejemplo: en el caso de las horas cátedras, el beneficio se abonará a aquellos agentes que cumplan 15 horas cátedra del Nivel Medio y sus equivalencias, otorgándose en forma proporcional cuando la cantidad de horas cátedra sea inferior.
Departamento Establecimientos e Inspecciones.-
DIPREGEP, La Plata 20 de enero de 2011.-

NOTA: falta el Decreto Reglamentario, hasta la fecha. (Significa uso del dinero público sin Normativa que lo regule!!)

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